CONTRATOS FORMATIVOS Y EN PRACTICAS:
Contratación indefinida. Para
aquellas empresas y autónomos que contraten de forma indefinida a
desempleados, tendrán dos meses desde la firma del contrato para solicitar
estas ayudas, y siempre dentro del mismo año natural.
Las ayudas son de: 1.500 Euros (249.579.-Ptas.) con carácter general,
y de 2.000 Euros (332.772.-Ptas.) tratándose de mujeres, en el caso
de ser a jornada parcial se prorrateará ( mínimo 20 horas semana
).
Esto es válido sólo para desempleados de larga duración
( más de 365 días de forma ininterrumpida ), en este caso
no importa la edad o el sexo para tener derecho. El sexo sólo afectará
al importe de la ayuda.
También se tiene derecho si se contrata jóvenes menores
de 25 años que tengan entre 4 y 6 meses de antigüedad como
desempleado, y para los mayores de 25 años con una antigüedad
de 9 a 12 meses; todo ello con independencia del sexo.
No es lo mismo tener un año de antigüedad que estar inscrito
de forma ininterrumpida durante un año.
Concretamente la Orden dice :
« Los trabajadores que sean contratados directamente de forma indefinida deberán cumplir, en cuanto a la situación de desempleo, los requisitos exigidos por la legislación vigente, debiendo permanecer inscritos como desempleados en los correspondientes centros Servef de la Generalitat Valenciana y en posesión de la tarjeta de demanda de empleo actualizada.
En todo caso, deberán estar comprendidos en alguno de los colectivos siguientes:
a) Jóvenes menores de 25 años en la fecha de formalización del contrato indefinido, que posean una antigüedad en el desempleo igual o superior a 120 días y que no exceda de 180 días.
b) Desempleados mayores de 25 años en la fecha de formalización del contrato indefinido, que posean una antigüedad en el desempleo igual o superior a 270 días y que no exceda de 365 días.
c) Desempleados en quienes no concurran las circunstancias anteriores inscritos en los centros Servef de la Generalitat Valenciana por un periodo ininterrumpido de mas de 365 días previos a la fecha de formalización del contrato indefinido. «.
Cuando se trate de transformación de contratos temporales en indefinidos, el trabajador deberá inscribirse en el paro al finalizar su contrato temporal, y posteriormente cumplir con el requisito de antigüedad como demandante de empleo.
Existen también bonificaciones en las cuotas empresariales a
la seguridad social por la contratación de desempleados. Es importante
no confundirse con las subvenciones; ya que son dos cosas muy distintas y
compatibles entre sí.
Contratos en Prácticas o en Formación
Los contratos en prácticas podrán celebrarse a jornada
completa o parcial, que no podrá ser de duración inferior a
20 horas semanales. En estos casos, habrá de existir adecuación
entre el nivel de titulación del contratado y el puesto de trabajo
desempeñado y pactarse en su clausulado compromiso del empleador de
que el trabajador continuará en la empresa como fijo de plantilla
al término del contrato.
Los contratos para la formación, que se formalicen con desempleados
mayores de 16 años y menores de 21 años, siempre que tengan
por objeto la adquisición por éstos de la formación
teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado
de un puesto de trabajo u oficio, susceptible de un determinado nivel de
cualificación, y se pacte en su clausulado compromiso del empleador
de que el trabajador continuará en la empresa como fijo de plantilla
al término del contrato.
Las ayudas que se establecen en el presente programa consisten en la subvención
de 2.400 euros (399.326 pesetas); y de 3.000 euros (499.158 pesetas) en el
caso de mujeres.
Programa de incentivos a la
transformación de los contratos en prácticas o de
formación en indefinidos. El objeto del presente programa es
articular unas ayudas a la transformación en indefinida de los contratos
en practicas o en formación, sin ruptura de la relación laboral
con la empresa, incluido aquellos supuestos en que la relación laboral
indefinida tiene lugar al día siguiente al del término de vigencia
del contrato en práctica o de formación, incorporándose
a la empresa con carácter indefinido.
Los contratos indefinidos serán como mínimo de igual jornada
a la que tenían en el contrato en prácticas.
Los incentivos que se establecen en este programa son de 1.440 Euros (239.596
pesetas) con contrato indefinido a jornada completa. En el caso de mujeres
la cuantía se eleva hasta 1.800 euros (299.494 pesetas) siempre que
el nuevo contrato se celebre a jornada completa. Cuando se pretenda transformar
un contrato de los anteriores a tiempo parcial, en indefinido a tiempo parcial,
el incentivo se prorrateará en proporción al tiempo de trabajo
efectivo. No podrán ser objeto de ayudas la transformación
de los contratos en prácticas o de formación que hubieran sido
objeto de la subvención establecida en el capítulo precedente.
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