PLAN DE FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

CONTRATOS FORMATIVOS Y EN PRACTICAS:

Contratación indefinida. Para aquellas empresas y autónomos que contraten de forma indefinida a desempleados, tendrán dos meses desde la firma del contrato para solicitar estas ayudas, y siempre dentro del mismo año natural.
Las ayudas son de: 1.500 Euros (249.579.-Ptas.) con carácter general, y de 2.000 Euros (332.772.-Ptas.) tratándose de mujeres, en el caso de ser a jornada parcial se prorrateará ( mínimo 20 horas semana ).
Esto es válido sólo para desempleados de larga duración ( más de 365 días de forma ininterrumpida ), en este caso no importa la edad o el sexo para tener derecho. El sexo sólo afectará al importe de la ayuda.
También se tiene derecho si se contrata jóvenes menores de 25 años que tengan entre 4 y 6 meses de antigüedad como desempleado, y para los mayores de 25 años con una antigüedad de 9 a 12 meses; todo ello con independencia del sexo.
No es lo mismo tener un año de antigüedad que estar inscrito de forma ininterrumpida durante un año.
Concretamente la Orden dice :

« Los trabajadores que sean contratados directamente de forma indefinida deberán cumplir, en cuanto a la situación de desempleo, los requisitos exigidos por la legislación vigente, debiendo permanecer inscritos como desempleados en los correspondientes centros Servef de la Generalitat Valenciana y en posesión de la tarjeta de demanda de empleo actualizada.
En todo caso, deberán estar
comprendidos en alguno de los colectivos siguientes:
a) Jóvenes menores de 25 años en la fecha de formalización del contrato indefinido, que posean una antigüedad en el desempleo igual o superior a 120 días y que no exceda de 180 días.
b) Desempleados mayores de 25 años en la fecha de formalización del contrato indefinido, que posean una antigüedad en el desempleo igual o superior a 270 días y que no exceda de 365 días.
c) Desempleados en quienes no concurran las circunstancias anteriores inscritos en los centros Servef de la Generalitat Valenciana por un periodo ininterrumpido de mas de 365 días previos a la fecha de formalización del contrato indefinido. «.

Cuando se trate de transformación de contratos temporales en indefinidos, el trabajador deberá inscribirse en el paro al finalizar su contrato temporal, y posteriormente cumplir con el requisito de antigüedad como demandante de empleo.

Existen también bonificaciones en las cuotas empresariales a la seguridad social por la contratación de desempleados. Es importante no confundirse con las subvenciones; ya que son dos cosas muy distintas y compatibles entre sí.

Contratos en Prácticas o en Formación

Los contratos en prácticas podrán celebrarse a jornada completa o parcial, que no podrá ser de duración inferior a 20 horas semanales. En estos casos, habrá de existir adecuación entre el nivel de titulación del contratado y el puesto de trabajo desempeñado y pactarse en su clausulado compromiso del empleador de que el trabajador continuará en la empresa como fijo de plantilla al término del contrato.
Los contratos para la formación, que se formalicen con desempleados mayores de 16 años y menores de 21 años, siempre que tengan por objeto la adquisición por éstos de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un puesto de trabajo u oficio, susceptible de un determinado nivel de cualificación, y se pacte en su clausulado compromiso del empleador de que el trabajador continuará en la empresa como fijo de plantilla al término del contrato.
Las ayudas que se establecen en el presente programa consisten en la subvención de 2.400 euros (399.326 pesetas); y de 3.000 euros (499.158 pesetas) en el caso de mujeres.

Programa de incentivos a la transformación de los contratos en prácticas o de formación en indefinidos. El objeto del presente programa es articular unas ayudas a la transformación en indefinida de los contratos en practicas o en formación, sin ruptura de la relación laboral con la empresa, incluido aquellos supuestos en que la relación laboral indefinida tiene lugar al día siguiente al del término de vigencia del contrato en práctica o de formación, incorporándose a la empresa con carácter indefinido.
Los contratos indefinidos serán como mínimo de igual jornada a la que tenían en el contrato en prácticas.
Los incentivos que se establecen en este programa son de 1.440 Euros (239.596 pesetas) con contrato indefinido a jornada completa. En el caso de mujeres la cuantía se eleva hasta 1.800 euros (299.494 pesetas) siempre que el nuevo contrato se celebre a jornada completa. Cuando se pretenda transformar un contrato de los anteriores a tiempo parcial, en indefinido a tiempo parcial, el incentivo se prorrateará en proporción al tiempo de trabajo efectivo. No podrán ser objeto de ayudas la transformación de los contratos en prácticas o de formación que hubieran sido objeto de la subvención establecida en el capítulo precedente.

El plazo para solicitar estas ayudas finaliza el 31 de diciembre de 2003, pero siempre antes de dos meses desde la firma del nuevo contrato, y dentro del añño 2003.


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